Patentes, registros de software y otras formas de protección

La protección de los resultados de I+D es esencial para dotarlos de valor de cara a su aprovechamiento económico. Dicha protección se realiza mediante diferentes títulos de propiedad intelectual e industrial.

La UITT asesora a los investigadores en los procesos de protección de resultados de investigación, como primer paso para su valorización, determinando el tipo de protección adecuado, informando sobre los requisitos que hay que cumplir, los procedimientos a seguir en cada caso y sus plazos, la necesidad temporal de confidencialidad, si la hay, el presupuesto necesario, etc.

En el caso de protección mediante patente, desde la UITT se asesora en la elaboración del borrador preliminar y se aborda una evaluación de patentabilidad, fundamentada en un Informe Tecnológico de Patentes (ITP) de la Oficina Española de Patentes y Marcas o de otra entidad experta. A continuación, la UITT emite un informe conteniendo la información relevante para la aprobación o denegación de la solicitud, cuya decisión corresponde a la comisión delegada de Consejo de Gobierno.

Una vez tomada por la UPCT la decisión de proteger, la UITT genera la documentación necesaria. Así, cuando haya autores o inventores que no estén vinculados a la UPCT (estudiantes, becarios, colaboradores externos, etc.) la UITT tramitará los correspondientes acuerdos de cesión, o bien, si la titularidad no es totalmente de la UPCT, el acuerdo de copropiedad con la entidad correspondiente.

La UITT hace seguimiento de todas las etapas del proceso de concesión de patente: elaboración de la memoria en colaboración con un agente de la propiedad industrial, presentación de la solicitud, contestación a requerimientos, análisis de Informe del Estado de la Técnica, cambio de modalidad si es conveniente, solicitud de examen sustantivo, posible extensión internacional, concesión y mantenimiento.

Para la protección de resultados mediante propiedad intelectual, como el software, la UITT realiza los trámites del proceso de inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual, incluyendo solicitud, pago de tasas y seguimiento hasta la concesión.

Una vez protegidos, los resultados de I+D son susceptibles de explotación, bien en una Empresa Basada en Conocimiento promovida por la propia UPCT, bien mediante licencia por otra empresa o entidad licenciataria, ya que se puede disponer de la tecnología como un activo intangible que proporciona una ventaja competitiva.

Puede acceder a los formularios de solicitud de protección en la Oficina Virtual de la Unidad de Investigación y Transferencia Tecnológica.

Actualizado el 21.05.2024